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Lasarte

Aplicaciones anidadas

Plan-Antifraude

PLAN ANTIFRAUDE

El Ayuntamiento de Lasarte-Oria en virtud de la regulación establecida en la Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre, por la que se configura el sistema de gestión del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, establece que toda entidad, decisora o ejecutora, que participe en la ejecución de las medidas del PRTR deberá disponer de un «Plan de medidas antifraude» que le permita garantizar y declarar que, en su respectivo ámbito de actuación, los fondos correspondientes se han utilizado de conformidad con las normas aplicables, en particular, en lo que se refiere a la prevención, detección y corrección del fraude, la corrupción y los conflictos de intereses. En aplicación de ese precepto, se ha elaborado el Plan de Medidas Antifraude del Ayuntamiento de Lasarte-Oria.

El presente Plan de medidas antifraude tiene por objeto reducir la aparición de fraude, tanto interno como externo, vinculado a los subproyectos y actuaciones desarrolladas en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

Así, el Plan abordará los principales riesgos de fraude de forma específica, teniendo en cuenta los cuatro elementos fundamentales en el ciclo contra el fraude: la prevención, la detección, la corrección y la persecución, y asegurará que todas las partes interesadas comprendan perfectamente sus responsabilidades y obligaciones, y que se transmita el mensaje, dentro y fuera del organismo en cuestión, a todos los beneficiarios potenciales de que éste ha adoptado un planteamiento coordinado para combatir el fraude.

La combinación de una evaluación del riesgo de fraude, medidas adecuadas de prevención y detección, y una investigación coordinada en el momento adecuado por parte del Ayuntamiento de LASARTE-ORIA, reducirá considerablemente el riesgo de fraude y constituirá, además, un importante método disuasorio.

El presente Plan de Medidas Antifraude está sujeto a la Directiva (UE) 2017/1371, sobre la lucha contra el fraude que afecta a los intereses financieros de la Unión, al Reglamento (UE, Euratom) 2018/1046 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 18 de julio de 2018, sobre las normas financieras aplicables al presupuesto general de la Unión (en adelante, Reglamento Financiero de la UE), así como a la Ley 11/2021, de 9 de julio, de medidas de prevención y lucha contra el fraude fiscal.

Por último, para la elaboración del Plan, se ha tomado como referencia tanto la “Guidance Note on fraud risk assessment for 2014-2020”, en la que se desarrollan medidas efectivas y proporcionadas contra el riesgo, aplicando el artículo 125.4 c) del Reglamento (UE) 1303/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013; como la Comunicación de la Comisión (2021/C 121/01) de orientaciones sobre cómo evitar y gestionar las situaciones de conflicto de intereses con arreglo al Reglamento Financiero.

El Plan de medidas antifraude del Ayuntamiento de Lasarte-Oria se puede descargar más abajo.

DECLARACIÓN INSTITUCIONAL

Se trata de compromiso de lucha contra el fraude en el marco de la ejecución de iniciativas financiadas con fondos del Mecanismo Europeo de Recuperación y Resiliencia.

EL AYUNTAMIENTO DE LASARTE-ORIA ejerce la función de Autoridad de Gestión de los Fondos del MRR.

Los empleados públicos que integran el AYUNTAMIENTO DE LASARTE-ORIA tienen, entre otros deberes, el de “velar por los intereses generales con sujeción y observancia de la Constitución y del resto del ordenamiento jurídico y deberán actuar con arreglo a los siguientes principios: objetividad, integridad, neutralidad, responsabilidad, imparcialidad, confidencialidad, dedicación al servicio público, transparencia, ejemplaridad, austeridad, accesibilidad, eficacia, honradez, promoción del entorno cultural y medioambiental, y respeto a la igualdad entre mujeres y hombres” (Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, artículo 52).

Así mismo les corresponde proteger los intereses financieros de la UE de acuerdo con los principios de corresponsabilidad, eficacia y cooperación.

AYUNTAMIENTO DE LASARTE-ORIA manifiesta su compromiso de mantener los estándares más altos en el cumplimiento de las normas jurídicas, éticas y morales, se adhiere a los más altos principios de integridad, objetividad y honestidad y desea ser percibido como opuesto al fraude y la corrupción en la forma en que ejerce sus competencias.

El objetivo de esta política es promover una cultura que desaliente toda actividad fraudulenta y que facilite la prevención y detección del fraude y el desarrollo de procedimientos que sean efectivos en la investigación de fraudes y delitos conexos, y se asegurará de que tales casos son tratados oportuna y apropiadamente.

La declaración institucional asociada al Ayuntamiento de Lasarte-Oria se puede descargar más abajo.

CÓDIGO ÉTICO Y DE CONDUCTA

Toda gestión de fondos públicos debe incluir entre sus pilares primordiales el lograr una gestión de los mismos fundada en principios éticos. AYUNTAMIENTO DE LASARTE-ORIA manifiesta su compromiso de mantener los estándares más altos en el cumplimiento de las normas jurídicas, éticas y morales, se adhiere a los más altos principios de integridad, objetividad y honestidad y desea ser percibido como opuesto al fraude y la corrupción en la forma en que ejerce sus competencias.

La reglamentación comunitaria establece expresamente la aplicación, por parte de las Autoridades de Gestión, de medidas antifraude eficaces y proporcionadas que cubran aspectos relacionados con la prevención, la detección, la corrección y la actuación judicial. En este ámbito de actuación, resulta esencial el desarrollo de una cultura antifraude que contribuya por una parte a disuadir a los potenciales defraudadores y a conseguir por otra el máximo compromiso posible del personal de la Autoridad de Gestión para combatir el fraude.

Como AG, AYUNTAMIENTO DE LASARTE-ORIA cuenta con un Procedimiento para la puesta en marcha de medidas eficaces y proporcionadas contra el fraude, teniendo en cuenta los riesgos detectados.

Código de Conducta al que todo el personal debe declarar periódicamente su adhesión y que incluya cuestiones relativas a los conflictos de intereses, a la política de hospitalidad y obsequios, a la información confidencial o a la notificación del presunto fraude entre otros.

El presente Código constituye una herramienta fundamental para transmitir los valores y las pautas de conducta en materia de fraude, recogiendo los principios que deben servir de guía y regir la actividad del personal del AYUNTAMIENTO DE LASARTE-ORIA con relación a la gestión, seguimiento y control del MRR.

El código ético y de conducta asociado al Ayuntamiento de Lasarte-Oria se puede descargar a continuación.

 

Descargar Plan de Medidas Antifraude

Plan de Medidas Antifraude [pdf]

 

Descargar Declaración institucional de lucha contra el fraude

Declaración institucional de lucha contra el fraude [pdf]

 

Descargar Código ético y de conducta

Código ético y de conducta [pdf]

CANAL DE DENUNCIAS

Cómo comunicar información sobre fraudes o irregularidades que afectan a fondos europeos

Un aspecto esencial en la ejecución de las medidas incorporadas en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia es el relativo a la protección de los intereses financieros de la Unión Europea frente a los cuatro riesgos específicos que se asocian a esta ejecución: el fraude, la corrupción, los conflictos de interés y la doble financiación.

Se ha configurado en el Plan como parte esencial del modelo en la coordinación de las actuaciones antifraude una herramienta fundamental denominada Canal de denuncias del Mecanismo para la Recuperación y la Resiliencia, mantenido por el propio Ayuntamiento, que es el encargado de tramitar y dar curso a las comunicaciones recibidas.

Funcionamiento

El canal de denuncias funciona a través de una serie de formularios enlazados entre si donde se comunican hechos que puedan ser constitutivos de fraude o irregularidad en relación con proyectos u operaciones financiados con fondos europeos.

El Ayuntamiento analizará la información recibida a efectos de determinar el tratamiento que deba darse a la misma, realizando las verificaciones y actuaciones que considere necesarias.

No obstante, no se dará curso a la información recibida cuando la misma estuviera manifiestamente infundada o cuando la escasez de la información remitida, la descripción excesivamente genérica e inconcreta de los hechos o la falta de elementos de prueba suministrados no permitan realizar una verificación razonable de la información recibida y una determinación mínima del tratamiento que deba darse a los hechos comunicados.

El canal de denuncias garantiza la confidencialidad salvo cuando la persona que comunique la información solicite expresamente lo contrario. El Ayuntamiento guardará total confidencialidad respecto de su identidad, de forma que la misma no será revelada a persona alguna.

Asimismo, cuando el Ayuntamiento tuviera que trasladar las actuaciones a otros órganos para que por estos se tramiten los procedimientos que correspondan, será de aplicación lo dispuesto en el párrafo anterior a la documentación que se remita a esos otros órganos, salvo cuando se trate de órganos jurisdiccionales o del Ministerio Fiscal y la normativa reguladora del procedimiento judicial exija otra cosa. En este último caso, la identidad de la persona informante se comunicará únicamente a las personas u órganos a los que resulte imprescindible.

Por último, y en la medida en que la normativa reguladora del procedimiento de que se trate así lo permita, será el propio Ayuntamiento el que realizará ante el órgano al que se hubieran remitido las actuaciones los trámites necesarios para que dicho procedimiento pueda desarrollarse adecuadamente, de forma que, en su caso, la comunicación entre dicho órgano y la persona que hubiera remitido la información al citado servicio se realice a través de este, a efectos de garantizar la confidencialidad de la identidad de aquella.

La remisión de información a través del presente canal de comunicación no atribuye a la persona informante la consideración de interesado en las actuaciones administrativas que se puedan derivar de la información proporcionada, ni le otorga derecho a ser informado de su resultado, ni legitimación para la interposición de recursos o reclamaciones en relación con los resultados de dichas actuaciones.

Acceso al canal de denuncias

Puede acceder al canal de denuncias a través del siguiente enlace: