eFactura-Factura electrónica
eFactura-Factura electrónica
El Ayuntamiento de Lasarte-Oria está adherido al Punto General de Entrada de Facturas de Gipuzkoa (PGEFe). A través de este Punto General se recibirán las facturas electrónicas que remitan los proveedores y contratistas a la Administración Pública guipuzcoana. Seleccione la gestión que desee realizar y le llevaremos al correspondiente sitio web:
¿Quién debe remitir las facturas en formato electrónico?
Todo tercero o proveedor, sin distinción alguna, que mantenga una relación contractual con este ayuntamiento, independientemente del importe de la factura, deberá emitir inexcusablemente factura electrónica.
En todo caso, siempre estarán obligados al uso de la factura electrónica aquellos que se señalan en el artículo 4 de la Ley 25/2013, de 27 de diciembre, de impulso de la factura electrónica y creación del registro contable de facturas en el Sector Público.
¿Qué requisitos deben cumplir las facturas electrónicas?
- Las facturas expedidas se realizarán en formato electrónico en el plazo de TREINTA días naturales desde la fecha de entrega efectiva de los bienes o la prestación del servicio.
- Hay que emitir la factura en un formato estandarizado, conocido como formato Facturae.
- Debe estar dirigida al Ayuntamiento de Lasarte-Oria. Para ello en la factura deberá indicar los siguientes datos (Códigos DIR3 de las unidades orgánicas):
- Oficina Contable: L01209029
- Órgano Gestor: L01209029
- Unidad Tramitadora: L01209029
- La factura tiene que estar firmada digitalmente con certificado electrónico (IZENPE, DNI-e, …)
- La factura electrónica debe remitirse a través de un medio autorizado.
Las características y ámbito del PGEFe están definidas por la Orden Foral nº 632/2014 de 1 de diciembre (B.O.G. nº 234 de 9/12/14).
En la página web del Punto General, incluida en la “Sede electrónic@ de la Diputación Foral”, se presentará la relación de entidades adheridas al PGEFe, la normativa aplicable, información ampliada y consultas frecuentes sobre el PGEFe y la facturación electrónica, así como el acceso para la descarga gratuita del programa de elaboración de facturas electrónicas ef4ktur.
¿Cómo puedo generar un archivo “Facturae”?
Existen muchas aplicaciones para generar facturas en formato “Facturae”. Por ejemplo, las tres Diputaciones de la Comunidad Autónoma han desarrollado el programa ef4ktur, de uso libre y gratuito, con el que podrás:
- Generar todas las facturas en formato “Facturae”, es decir, en formato electrónico
- Gestionar tus propias bases de datos de clientes y de productos
- Firmar la factura con tu certificado digital
- Enviar desde la propia aplicación la factura electrónica al Ayuntamiento (o a cualquier otro cliente)
* Una vez generada la factura en formato “Facturae”, es necesario que se firme digitalmente con certificado electrónico para que el fichero sea legalmente válido.
Por supuesto, también se puede utilizar cualquier otro programa, siempre y cuando emita las facturas en el citado formato “Facturae”.
¿Cómo envío una factura electrónica al Ayuntamiento de Lasarte-Oria?
Se recomienda utilizar el citado programa ef4tur, que como se ha dicho es de uso libre y gratuito y desde el propio programa podrás enviar tus facturas de forma rápida y sencilla.
También se puede entregar la factura a través del PUNTO GENERAL DE ENTREGA DE FACTURAS DE GIPUZKOA (PGEFe) (recuerda que debe estar en formato “Facturae”), y:
- Se puede adjuntar documentación justificativa del trabajo realizado. En todo caso, además de la factura en formato “Facturae” (archivo xml o xsig) se debe adjuntar una imagen de la factura en formato pdf.
- Si la factura es admitida se remite una contestación al proveedor indicando que la factura ha sido registrada correctamente.
- Si la factura es rechazada se remite una contestación al proveedor indicando que la factura ha sido rechazada porque no cumple alguna de las validaciones:
- formatos estándares admitidos
- no tiene una firma correcta
- no es contablemente correcta
- Se considerarán no remitidas aquellas facturas electrónicas que se envíen sin ajustarse al procedimiento y especificaciones previstas.
¿Qué trámites se realizan una vez registradas las facturas?
Una vez Registradas las facturas, se cursarán al departamento gestor al objeto de que puedan ser conformadas por el Jefe de Servicio, o en su ausencia por el Alcalde, implicando dicho acto que el servicio o suministro se ha efectuado de acuerdo con las condiciones contractuales.
Validadas las facturas, la Intervención de Fondos las fiscalizará y contabilizara, elaborándose relación de todas aquellas facturas que pueden ser elevadas a la aprobación del órgano competente.
La aprobación de facturas se materializará mediante diligencia y firma que constarán en la relación elaborada por Intervención.
El cobro de las facturas no podrá domiciliarse.
Si en el plazo de un mes desde su recepción no han sido expresamente conformadas por el técnico competente, y sin que se haya activado incidencia alguna, se entenderán que éste las ha rechazado de manera tácita y se procederá a su devolución al proveedor.
Contacto para consultas relacionadas con la tramitación de facturas |
Departamento de Contabilidad (Intervención) Email: s.ruano@lasarte-oria.eus; kontuhartzailetza@lasarte-oria.eus Teléfono: 943 376186
Aviso: No debe emplearse esta direción de correo electrónico para enviar facturas electrónicas.
|