Aplicaciones anidadas
Procesos participativos
Aprobación inicial: Ordenanza sobre protección del medio ambiente contra la emisión de ruidos y vibraciones
22·04·2022
Proceso de la iniciativa
PARTICIPACIÓN CIUDADANA
22/04/2022
Fase actual
ANÁLISIS DE PROPUESTAS
07/06/2022
Fase actual
CONCLUSIONES Y RESULTADOS
Fase actual
El pleno del Ayuntamiento de Lasarte-Oria, en sesión ordinaria celebrada el siete de abril de 2022 ha aprobado con carácter inicial la Ordenanza reguladora de la protección del medio ambiente contra la emisión de ruidos y vibraciones.
Se abre el plazo de 30 días de información pública a fin de que las personas interesadas examinen el expediente y presenten las reclamaciones y sugerencias que estimen pertinentes.
El texto de la Ordenanza se encuentra disponible en el Departamento de Urbanismo del Ayuntamiento y en la web municipal (en el apartado de Participación Ciudadana).
Si transcurrido el plazo de información expresado no se hubiera presentado reclamación o sugerencia alguna, se tendrá por adoptado definitivamente el acuerdo hasta entonces provisional, sin necesidad de adoptar nuevo acuerdo. Las alegaciones se deben presentar a través del Registro Municipal.
El «Decreto 213/2012, de 16 de octubre, de contaminación acústica de la Comunidad Autónoma del País Vasco», en su artículo 6, se da competencia a los Ayuntamientos para la elaboración y aprobación de Ordenanzas municipales sobre contaminación acústica.
Siendo conscientes de la creciente sensibilidad de la ciudadanía en relación a la contaminación acústica, y con el convencimiento de que es posible compatibilizar el descanso de la ciudadanía con el desarrollo de actividades susceptibles de ser generadoras de ruidos y/o vibraciones, desde el Ayuntamiento de Lasarte-Oria se ha procedido a la elaboración de la Ordenanza municipal de ruidos y vibraciones la cual tiene por objeto regular aquellos aspectos en esta materia que son de competencia municipal.
El «Decreto 213/2012, de 16 de octubre, de contaminación acústica de la Comunidad Autónoma del País Vasco» ya hace referencia y regula diversos aspectos de competencia municipal tales como la elaboración de mapas de ruido, límites de inmisión sonora, métodos de medida, etc. por lo que en la presente Ordenanza no se pretende modificar dichos aspectos, sino complementarlos con otros que no están regulados en él, tales como contenido de proyectos acústicos, requisitos de los limitadores de potencia sonora, etc.
En lo relativo a las actividades existentes, se contempla la forma de adaptación a los requisitos de la nueva Ordenanza en caso de que causen molestias a la población.
Por otra parte, con fecha 12 de julio de 2016 se publicó en el Boletín Oficial del País Vasco la «Orden de 15 de junio de 2016, del Consejero de Empleo y Políticas Sociales, sobre Control Acústico de la edificación». En dicha Orden se regula el control de la calidad en la construcción y se establece el procedimiento para la verificación in situ de las prestaciones acústicas que han de reunir los edificios conforme al «Documento Básico DB HR Protección frente al ruido del Código Técnico de la Edificación». En la presente Ordenanza se pretende complementar las exigencias de dicho documento con objeto de garantizar una adecuada calidad acústica en los edificios de nueva construcción.
- La presente Ordenanza se publica con el objetivo de acometer la regulación de la lucha contra el ruido en el municipio desde una perspectiva amplia e integradora, fomentando las acciones de prevención, y potenciando las actuaciones administrativas de inspección y control sobre los diferentes emisores sonoros, así como aportar a la ciudadanía información sobre sus derechos y obligaciones en lo referente a la contaminación acústica y sin perjuicio de lo dispuesto en normas de rango superior.
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